PREGUNTAS FRECUENTES

FAQ´s 

¿QUÉ ES LA FORMACIÓN CONTINUA ?

Es un modelo con el que se pretende facilitar a las empresas, específicamente a las pequeñas y medianas, el desarrollo de programas de formación para sus trabajadores, mediante un procedimiento ágil, flexible y sencillo para las empresas, que les permitirá planificar y desarrollar la formación que necesiten.
Cada empresa dispone de un crédito para formación que puede hacer efectivo mediante la aplicación de bonificaciones a la Seguridad Social, una vez realizada la formación.

¿Qué empresas se pueden beneficiar?

Todas las empresas que tengan centro o centros de trabajo en el territorio español, cualquiera que sea su tamaño y ubicación, que desarrollen formación para sus trabajadores y que coticen a la Seguridad Social por la contingencia de Formación Profesional, pueden ser beneficiarias de las bonificaciones para la formación en las cotizaciones mensuales a la Seguridad Social.

¿Qué requisitos deben cumplir las empresas?
  • Disponer de crédito.
  • Informar a la Representación Legal de los trabajadores (sí existiera).
  • Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de seguridad social.
¿Qué trabajadores se pueden acoger a esta formación?

Los trabajadores asalariados (por cuenta ajena) con contrato laboral, que prestan sus
servicios en empresas privadas y cotizan a la Seguridad Social en concepto de
Formación Profesional en el régimen general, independientemente del tipo de contrato y del número de horas que estén contratados.

¿Qué crédito tengo disponible si dispongo de varias cuentas de cotización?

El crédito se asigna por CIF de la empresa, independientemente del número de cuentas de cotización disponibles. Por tanto, es un único crédito por CIF y Empresa.

¿Si una empresa es de nueva creación, durante el año en curso, tiene crédito disponible?

Las empresas que durante el año en curso abran nuevos centros de trabajo y las empresas de nueva creación, pueden beneficiarse de un crédito de formación.

¿Qué es el Contrato de Encomienda de Organización de la Formación?

Es un contrato que deben de firmar las empresas con una o varias Entidades Externas para realizar Formación Continua Bonificada y así poder gestionar el crédito que tienen disponible las empresas.

¿La firma de Adhesión al Contrato de Encomienda de Organización de la Formación, me compromete a algo?

No, es un documento que autoriza para consultar el crédito que tiene disponible la empresa.

¿A cuántos contratos de Encomienda de Organización de la Formación me puedo adherir?

A los que la empresa desee y crea conveniente con diferentes Entidades Externas.

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